En su 8va. Sesión Ordinaria, la Legislatura de Jujuy aprobó por mayoría la Ley Nº 6.468, que establece un marco legal general para habilitar, bajo condiciones específicas, la transformación jurídica de las Sociedades del Estado de la provincia.
La iniciativa se enmarca en el nuevo escenario jurídico derivado del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/23, firmado por el Poder Ejecutivo Nacional, que derogó la Ley Nº 20.705, la cual regulaba la constitución y el funcionamiento de dichas sociedades. Frente a este contexto, se vuelve necesario dotar a las empresas públicas provinciales de herramientas legales modernas, flexibles y acordes al ordenamiento vigente, garantizando su continuidad operativa, seguridad jurídica, solvencia institucional y capacidad de desarrollo.
Mediante un procedimiento facultativo, la norma permite que las sociedades estatales puedan transformarse en Sociedades Anónimas, con la excepción de la Empresa Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE), que deberá conservar en todo momento la titularidad estatal de su capital social.
En todos los casos, se mantendrá la mayoría accionaria en manos del Estado provincial, permitiéndose la incorporación de capital privado hasta un máximo del 49%. Este límite asegura el control estratégico estatal y habilita nuevas fuentes de financiamiento e inversión para mejorar la gestión, expandir actividades y generar empleo.

