La Dirección Provincial de Rentas reglamentó el Decreto Acuerdo Nº 2980-HF-2025, que establece un régimen excepcional y transitorio de “Alivio Fiscal” para contribuir a la reactivación de sectores productivos en la provincia de Jujuy.
La Dirección Provincial de Rentas dió a conocer recientemente la reglamentación del Decreto Acuerdo Nº 2980-HF-2025, que dispone un régimen excepcional y transitorio de medidas de Aalivio Fiscal”.
 Dichas medidas incluyen la reducción significativa del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, beneficiando especialmente a los sectores de actividad primaria, como la agricultura, la ganadería y la pesca, así como a los servicios de apoyo vinculados a dichas actividades. Además, las medidas se extienden a los sectores de la construcción, del transporte y del turismo.
Para facilitar el acceso a estos beneficios a los contribuyentes que se encuentran comprendidos por la normativa, la Dirección Provincial de Rentas ha implementado un procedimiento en línea, diseñado para ser ágil y simple. Los contribuyentes deberán ingresar a través de su clave fiscal al sitio web oficial www.rentasjujuy.gob.ar.
En cuanto a las medidas específicas referentes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, estas incluyen una reducción del 50% en las alícuotas para diversas actividades, tales como "Servicios de apoyos agrícolas y pecuarios", "Servicios de transporte automotor urbano y suburbano regular de pasajeros", "Servicios de transporte interurbano regular de pasajeros" —cuando sean efectivamente prestados dentro de la provincia de Jujuy—, "Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales", y "Servicios minoristas de agencias de viaje". Por otro lado, se establece una reducción del 25% de la alícuota para los "Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares".
Además, para los contribuyentes que están sujetos al “Régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por traslado de mercaderías”, se otorgará una exclusión para aquellos adquirentes de materias primas o insumos esenciales para llevar a cabo procesos productivos en la provincia.
En lo que respecta al Impuesto de Sellos, a partir del 1° de mayo, se ha establecido una exención total del 100% para los contratos de alquiler de vivienda, mientras que para los contratos de alquiler comercial se aplicará una reducción del 50% de la alícuota.
Para obtener más información sobre estas medidas de alivio fiscal, los interesados pueden consultar el sitio web de la Dirección Provincial de Rentas, en el apartado “Información útil / Tutoriales / Folletos web”. Alternativamente, se puede contactar al Centro de Atención multicanal al número 0800 555 5599.