A través del Decreto 84/2026 publicado en el Boletín Oficial este miércoles, el Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad luego de que un fallo judicial ordenara su aplicación y fijara como plazo máximo el 4 de febrero.

La norma, firmada por Javier Milei, responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que en diciembre de 2025 declaró inválida la suspensión de esta ley sancionada por el Congreso en septiembre de 2025, mediante un veto fundamentado en la falta de fondos para costear las nuevas prestaciones. Aunque la ley fue promulgada formalmente, suspendieron su aplicación hasta que la Cámara Baja determinara la fuente de financiamiento.

La disputa escaló a la Justicia tras un amparo colectivo presentado en representación de dos menores. El magistrado de Campana hizo lugar al planteo, dejó sin efecto la suspensión y ordenó la aplicación inmediata de la Ley N.º 27.793. Si bien el Ministerio de Salud y otras áreas oficiales apelaron el fallo alegando dificultades presupuestarias, el juez otorgó un plazo máximo de 30 días para dictar la reglamentación.

Qué establece el nuevo decreto sobre las pensiones por discapacidad

La reglamentación define los requisitos de acceso, los criterios de evaluación socioeconómica y las incompatibilidades del nuevo régimen de pensiones. El decreto sostiene que la implementación requiere procedimientos formales y controles específicos, cuya ejecución queda bajo la órbita de la Secretaría Nacional de Discapacidad, ahora dependiente del Ministerio de Salud.

La normativa también obliga a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar los parámetros de evaluación y a presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. Además, establece mecanismos de articulación con organismos estatales y de la sociedad civil, como el Observatorio de la Discapacidad y el Comité Asesor, con el objetivo de garantizar participación federal.

Puntos importantes

El decreto reconoce las restricciones fiscales y aclara que las acciones acordadas con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ajustarse a los recursos disponibles. Uno de los puntos más sensibles es la conversión automática de las pensiones vigentes al nuevo esquema, ahora denominado Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará la revisión de miles de prestaciones.

En términos institucionales, la norma centraliza la política de discapacidad en el Ministerio de Salud, con el acompañamiento permanente del Consejo Federal de Discapacidad, organismo creado en 1996 e integrado por representantes nacionales, provinciales y organizaciones de la sociedad civil.

El texto, rubricado por Javier Milei, Manuel Adorni y Federico Sturzenegger, aclara que el dictado del decreto no implica aceptar los fundamentos del fallo judicial. “Sin reconocer hechos ni derechos, ni consentir, ni prestar conformidad con sus fundamentos”, señala la norma, que entró en vigencia con su publicación.