La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca resolvió a favor de un jubilado y ordenó la actualización de sus haberes entre diciembre de 2020 y marzo de 2024. Declaró inconstitucional la ley de movilidad jubilatoria aprobada durante la gestión de Alberto Fernández y exigió un nuevo esquema de actualización trimestral.

La Justicia volvió a pronunciarse sobre el deterioro del poder adquisitivo de los jubilados. Esta vez fue la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca la que falló a favor de un beneficiario del sistema previsional, ordenando el reajuste de sus haberes para compensar la pérdida registrada entre diciembre de 2020 y marzo de 2024.

La decisión corresponde a la causa "Italiano, Antonio c/ ANSeS s/ Reajustes varios", que tramita en los tribunales federales de esa ciudad del sur bonaerense. En su resolución, el tribunal sostuvo que el haber de diciembre de 2020 debe ser actualizado en función de la diferencia entre el 42,13% que hubiese correspondido aplicar según la ley de movilidad 27.426 (vigente durante la gestión de Mauricio Macri) y lo que efectivamente fue percibido.

En ese marco, los jueces Roberto Daniel Amabile, Pablo Esteban Larriera y Pablo A. Candisano Mera declararon inconstitucional el artículo 1° de la ley 27.609, aprobada durante el gobierno de Alberto Fernández, al considerar que la fórmula vigente hasta marzo de 2024 no logró preservar el poder adquisitivo de las jubilaciones.

Además, dispusieron que los haberes deben ser actualizados trimestralmente –desde marzo de 2022 hasta el primer trimestre de 2024– mediante una fórmula mixta: 50% del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC y 50% del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

En los fundamentos, el tribunal remarcó el deterioro progresivo del poder adquisitivo de los jubilados y la ausencia de mecanismos de compensación efectivos en los últimos años. También cuestionó el aumento extraordinario del 12,5% otorgado en abril de 2024 mediante el decreto 274/2024, al considerarlo insuficiente incluso frente a la inflación de enero.

Este nuevo pronunciamiento se suma a una serie de fallos similares dictados por las Cámaras Federales de Córdoba, Salta, Mendoza y Mar del Plata. En todos los casos, los jueces coincidieron en que las fórmulas de movilidad aplicadas entre 2020 y 2024 no garantizaron una protección adecuada del ingreso real de los jubilados frente a la inflación.

La decisión de la Cámara de Bahía Blanca podría marcar un nuevo precedente en la discusión judicial sobre el régimen de movilidad previsional, en un contexto de creciente judicialización por parte de jubilados que reclaman la recuperación de sus haberes.

FUENTE : Noticias Argentinas