El Gobierno nacional confirmó que promulgará la Ley de Emergencia en Discapacidad, aprobada por amplia mayoría en el Congreso tras el rechazo al veto presidencial. Sin embargo, advirtió que no reglamentará su aplicación hasta definir “de dónde saldrán los recursos para financiar su implementación”.
La norma fue impulsada por la oposición y obtuvo un masivo respaldo parlamentario, alcanzando en Diputados y en el Senado los dos tercios necesarios para insistir con su sanción. Pese a que inicialmente el Ejecutivo había dejado trascender que recurriría a la Justicia para frenar su vigencia, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, confirmó que será promulgada, aunque condicionada a una revisión presupuestaria.
"El Poder Ejecutivo la va a promulgar. Después tiene que dictar un decreto reglamentario para ver cómo se aplica la ley y eso tiene distintos aspectos. Lo hablaremos con el presidente. Si fuera por mí, me gustaría analizarlo con el ministro del área y con las comisiones del Congreso para ver cómo se puede contemplar ese tema, porque esto abre la puerta para nuevas pensiones por discapacidad. Pero resolvamos primero si las que se dieron fueron bien otorgadas", sostuvo Francos en declaraciones a medios nacionales.
La Ley
La ley de emergencia en discapacidad fue sancionada tras movilizaciones multitudinarias de la sociedad civil, en medio de una crisis del sistema de atención marcada por el congelamiento de recursos y la drástica reducción de beneficiarios luego de una auditoría cuestionada por su arbitrariedad.
Durante la gestión de Diego Spagnuolo al frente de la Administración Nacional de Discapacidad (ANDIS), se implementaron recortes que derivaron en miles de bajas de pensiones. Spagnuolo fue desplazado del cargo tras la filtración de audios clandestinos en los que describía un supuesto circuito de coimas entre funcionarios del Ejecutivo y droguerías proveedoras.
Qué establece la norma
La nueva legislación tiene como eje el financiamiento de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social, destinadas a quienes cuenten con Certificado Único de Discapacidad (CUD), no superen ingresos de dos Salarios Mínimos, no perciban planes similares y aprueben una evaluación socioeconómica.
El monto se fijó en el 70% del haber mínimo jubilatorio, compatible con empleo registrado siempre que los ingresos no superen el tope establecido. Además, todas las pensiones otorgadas con anterioridad a la ley se transformarán automáticamente al nuevo esquema, sin necesidad de nuevos trámites.
Otro de los puntos centrales es el fortalecimiento del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, con la actualización automática y mensual de aranceles según el índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC.
También se crea un régimen de regularización de deudas fiscales y de seguridad social para empresas y trabajadores del sector, que contempla la condonación de intereses, multas y sanciones, junto con la posibilidad de refinanciar planes de pago vigentes o caducos.
Finalmente, la norma dispone un refuerzo del financiamiento y el funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), organismo encargado de articular las políticas públicas del área.

