Comienza a regir la apertura del cepo para la compra de moneda extranjera de forma oficial a través de las entidades financieras y bancarias, a partir de este lunes 14 de abril, luego del anuncio del presidente Javier Milei el pasado viernes.

Esta nueva etapa incluirá la flexibilización cambiaria, con la liberación del cepo para la adquisición de divisas, es decir la cantidad de dólares que cada persona puede adquirir por mes, y también la implementación de un nuevo régimen de flotación dentro de bandas entre $1.000 y $1.400. El nuevo esquema tendrá una actualización mensual del 1%.

Así, desde hoy se pondrá fin a las restricciones para la compra de divisas por parte de personas físicas y jurídicas, incluyendo el tope mensual de u$s200 para individuos, por lo que todas las personas podrán comprar dólares a través de sus canales digitales (home banking y app) al precio que fije el mercado dentro de la banda establecida por el Banco Central, que oscila entre $1.000 y $1.400.

También se derogan todas las restricciones personales que aún estaban vigentes. No habrá más prohibiciones para comprar dólares para aquellos que recibieron beneficios en la pandemia para pagar préstamos hipotecarios UVA, créditos Anses, moratoria previsional, créditos a tasa subsidiada. Caen las restricciones para quienes pidieron subsidios para las facturas de gas o electricidad y para quienes recibieron su salario en el marco de ayudas oficiales. Las modificaciones fueron anunciadas por el BCRA a través de la comunicación A 8226.

Por su parte, cabe destacar también que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminará la percepción impositiva vigente para las compras de moneda extranjera en el mercado. A pesar de la quita de numerosas limitaciones, desde la institución aclararon que permanecerá el impuesto para el turismo y los pagos con tarjeta de crédito en el exterior.

Si bien las operaciones digitales no tendrán límites de monto, sí habrá restricciones para quienes deseen comprar dólares en efectivo por ventanilla.

La Comunicación “A” 8226 del Banco Central establece que se podrá comprar un máximo de u$s100 mensuales en efectivo y se deberá firmar una declaración jurada que certifique no haber superado ese monto en el conjunto del sistema bancario. Esta limitación aplica exclusivamente a las compras presenciales en efectivo, y no afecta las compras virtuales a través del home banking.

Respecto a los consumos en dólares y compras en el exterior con tarjeta, que se liquidaban al denominado "dólar tarjeta", compuesto por el dólar oficial más un recargo del 30% correspondiente a percepciones por adelanto de Ganancias y Bienes Personales, con el levantamiento del cepo el esquema dejó de tener sentido.

La medida fue impulsada porque, con los recargos impositivos, el dólar tarjeta solía superar las bandas de flotación oficiales, llegando incluso por encima de los $1.400. Para evitar esta distorsión, el Ministerio de Economía resolvió eliminar esos impuestos sobre ciertas operaciones en moneda extranjera, y así avanzar en el camino hacia la normalización del mercado cambiario.

A partir de ahora, quienes hayan realizado consumos en dólares con tarjeta de crédito o débito antes de este cambio, verán en el resumen el impuesto detallado como "DB.RG 5617 30%", pero este se calcula sobre la cotización oficial del día anterior al cierre del resumen, sin importar cuándo se concretó la operación.

No obstante, al quedar liberado el cepo, el concepto de "dólar tarjeta" pierde vigencia, ya que los usuarios podrán comprar dólares libremente a través de home banking —en lo que hasta ahora era conocido como “dólar ahorro”— y también pagar sus consumos al tipo de cambio oficial.

Las nuevas disposiciones fueron publicadas este lunes en el Boletín Oficial y entran en vigencia de forma inmediata. A partir de ahora, todas las operaciones cambiarias deberán adecuarse al nuevo esquema definido por la Resolución General 5672 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).